Y
QUÉ ES LO QUE SE INTERPRETA
Esta semana, y debido a la “ola” de
calor que estamos padeciendo y que era conocida de antemano, se han dado
situaciones, principalmente en el taller de Montaje, por las que han sido
necesarias 6 paradas en el turno de tarde, en el que se vienen realizando
desplazamientos de pausas.
El acuerdo recientemente firmado para
aplicar dichos desplazamientos, deja muy clarito que “Si la temperatura fuera tal que implicara, según el acuerdo de 1982,
seis paros en el turno de tarde, la
instalación se parará cinco minutos
antes”. La negrita es nuestra.
CGT no va a entrar en una guerra de
interpretaciones. Si los firmantes del acuerdo coinciden en una interpretación
diferente sobre lo que está claramente escrito, quizás lo que deberían hacer es
redactar mejor sus acuerdos para que no den lugar a la duda. Por lo que no
pasamos es, que se utilicen los desplazamientos en perjuicio de nuestra salud.
Mucho se ha hablado de la sentencia del
año 1982, cuando en realidad se debería hablar del acuerdo de 1982, que es el
que regula las pausas por calor. Un acuerdo cuyo único fin era el de paliar los
efectos del disconfort, que las altas temperaturas pueden causar en l@s
trabajador@s, y que en casos concretos, podríamos estar hablando, incluso, de
estrés térmico.
Partiendo de este hecho, el actual
acuerdo de desplazamiento de pausas por calor, como su predecesor, incumplen
con el objeto de los paros por calor, y perjudican claramente a la plantilla,
debido a que, efectivamente, “roba” 5 minutos de pausa cuando se da la peor
situación para l@s trabajador@s, que es cuando son necesarias 6 paradas. En
definitiva, que cuando el termómetro se mantiene a 28º o por encima (lo de los
33º merece un apartado en exclusiva) durante todo el turno de tarde, según el
acuerdo de 1982 dispondríamos 60 minutos de pausas por calor, mientras con el
acuerdo actual quedarían en 55.
Por ello, entendemos que los 5 minutos,
que según la literalidad del acuerdo actual debe parar antes la instalación,
deben ser para alcanzar esos 60 minutos que en base al acuerdo de 1982, nos
corresponderían.
Cualquier otra interpretación, es un
claro disparate que perjudica la salud de l@s trabajador@s, porque reduce el
tiempo de las pausas por calor, cuando la situación lo hace más necesario.
Respecto a los 33º, los firmantes
parecen tenerlo muy claro, pero a pregunta de CGT en la reunión del otro día,
nadie supo aclarar cómo aplicar el acuerdo, porque cuando se alcanzan los 33º,
es de suponer que ya hay paros por haber alcanzado previamente los 28. ¿Qué
pasa si el termómetro alcanza los 33º durante la hora que tenemos que trabajar
hasta la nueva parada por superar los 28º? ¿Cuándo se paran los 15 minutos? En
CGT entendemos que debieran pararse en la pausa prevista para los 28º, pero
aquí nadie aclara, y al final quienes interpretan, son las jefaturas de los
talleres, dando lugar a tensas situaciones.
No nos cabe duda de que este tema va a
dar mucho que hablar, por las amenazas de la empresa. En CGT, como siempre,
estaremos del lado del desfavorecido, que en este caso, y para no variar, es la
plantilla.
Al tema del calor hay que darle una
vuelta importante, ya que, tanto el acuerdo que lo regula como las sentencias
que hay al respecto, son anteriores al Real Decreto 486/1997 de Lugares de
Trabajo, y puede que sea necesario mejorar dicho acuerdo, y sobre todo la
protección al personal especialmente sensible (personas mayores, embarazadas,
obesidad, etc.) a quienes el calor les afecta en mayor medida. CGT ya estamos
en ello.
CALENDARIO
N+1
Esta vez “radio makuto” no acertó con
sus pronósticos y el programa productivo “sólo” se incrementa en 8500 coches lo
que conlleva cuatro días menos a bolsa, por lo que la empresa podría señalar
todavía dos más en el segundo semestre, si no hay un nuevo aumento de
producciones. Además se continuará con los desplazamientos de pausas hasta
final de año.
En definitiva, que se sigue manteniendo
deuda de días para generar empleo precario, mientras que en determinados colectivos
y dependencias, para atender a las necesidades que conllevan los
desplazamientos de pausa se están recurriendo a las horas extras.
Horas extras que a l@s compañer@s que
sustituyen jornadas reducidas se les está obligando a realizar, en cantidad descomunal,
para cubrir las deficiencias de plantilla que genera el absentismo.
CGT ha denunciado este hecho en
sucesivas ocasiones, porque es una práctica ilegal, pero desgraciadamente, a la
Empresa le resulta muy barato incumplir la Ley.
Est@s compañer@s no merecen que la
empresa les haga cómplices de sus ilegalidades, pues son quienes tienen los
contratos más precarios.
Para terminar y dadas las fechas en las
que nos encontramos, desde CGT deseamos a toda la plantilla, unas felices
vacaciones, que están bien merecidas.
SALUD.
Landaben, 3 de julio de 2015